Herencia con testamento y sin testamento: diferencias y pasos

Herencia con testamento y sin testamento: diferencias y pasos a seguir

Una herencia con testamento y sin testamento no se tramita exactamente de la misma manera. La principal diferencia está en cómo se determina quién hereda y cómo comienza el procedimiento. Cuando existe testamento, contamos con la voluntad expresa de la persona fallecida. Si no lo hay, será necesario identificar primero a los herederos legales antes de continuar con la aceptación y el reparto.

Perder a un familiar ya supone afrontar un momento complicado. Si además aparecen dudas sobre documentación, impuestos, notaría o reparto de bienes, es normal no saber por dónde empezar.

En Soluciones Herencias ayudamos a familias de toda España a gestionar estos trámites de forma cercana, clara y principalmente online, encargándonos de la parte legal y administrativa para reducir al máximo la carga burocrática.

¿Cuál es la diferencia entre una herencia con testamento y sin testamento?

La diferencia fundamental es sencilla: si existe testamento, la persona fallecida dejó establecido cómo quería ordenar su sucesión; si no existe, es la ley la que determina quiénes tienen derecho a heredar.

Eso sí, tener testamento no significa que la herencia quede resuelta automáticamente.

Aunque exista un documento claro, todavía será necesario:

  • Identificar y valorar los bienes.
  • Comprobar si existen deudas.
  • Preparar la aceptación de la herencia.
  • Realizar el reparto.
  • Liquidar los impuestos correspondientes.
  • Cambiar la titularidad de inmuebles, cuentas u otros bienes.

En una herencia sin testamento, además de estos pasos, habrá que realizar previamente una declaración de herederos cuando corresponda.

Herencia con testamento y sin testamento: descubre sus diferencias, quién hereda y qué pasos seguir para tramitar una herencia en España.

Herencia con testamento y sin testamento: tabla comparativa

Aspecto Herencia con testamento Herencia sin testamento
¿Quién determina inicialmente quién hereda? El testamento, dentro de los límites legales La legislación sucesoria
Documento principal Último testamento válido Declaración de herederos
¿Hay que comprobar las últimas voluntades? Sí Sí
¿Hace falta declaración de herederos? Generalmente no Sí, cuando proceda
¿Hay que aceptar la herencia? Sí Sí
¿Hay que valorar bienes y deudas? Sí Sí
¿Hay impuestos? Sí Sí
¿Puede haber conflictos entre familiares? Sí Sí
Complejidad inicial Habitualmente menor Puede requerir algún trámite adicional

Por tanto, la diferencia está sobre todo en los primeros pasos. Después, ambos procedimientos comparten buena parte de la tramitación.

¿Cómo saber si una persona fallecida dejó testamento?

Antes de iniciar el reparto de cualquier bien hay que saber si existe un testamento válido.

Para ello se solicita el certificado de últimas voluntades, que permite conocer si la persona fallecida otorgó testamento y ante qué notario consta el último.

Este paso es importante porque pueden existir varios testamentos realizados a lo largo de la vida y únicamente será relevante el último que resulte válido.

No basta, por ejemplo, con encontrar una copia antigua en casa y dar por hecho que ese documento es el definitivo.

Una vez comprobada esta información, podremos saber cuál de los dos caminos debe seguirse.

¿Cómo tramitar una herencia con testamento?

Cuando existe testamento, el proceso suele comenzar con una base mucho más clara porque ya conocemos la voluntad de la persona fallecida.

Aun así, hay varios pasos que deben completarse correctamente.

1. Obtener la documentación inicial

Entre los documentos más habituales se encuentran:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Copia autorizada del testamento.
  • Documentación de identidad de los herederos.
  • Información sobre los bienes y derechos del fallecido.
  • Certificados bancarios.
  • Documentación de inmuebles.
  • Información sobre préstamos, cargas y posibles deudas.

Cuanto mejor se prepare esta fase, menos posibilidades habrá de encontrarnos problemas más adelante.

2. Revisar el contenido del testamento

El testamento nos permite identificar a los herederos, legatarios y demás personas mencionadas por el fallecido.

Sin embargo, no siempre basta con leer literalmente el documento. Es necesario comprobar cómo encaja ese reparto con la legislación sucesoria aplicable y con la situación real del patrimonio.

Por ejemplo, una vivienda puede aparecer atribuida a una persona concreta, pero será necesario analizar su valor, la existencia de otros bienes y los derechos que correspondan al resto de interesados.

3. Localizar todos los bienes y deudas

Una herencia no está formada únicamente por viviendas o dinero en cuentas bancarias.

Puede incluir:

  • Inmuebles.
  • Saldos bancarios.
  • Acciones y productos financieros.
  • Vehículos.
  • Seguros.
  • Participaciones empresariales.
  • Derechos de cobro.
  • Préstamos.
  • Hipotecas.
  • Otras obligaciones pendientes.

Este inventario es esencial antes de aceptar.

4. Preparar el reparto de la herencia

Una vez identificado el patrimonio puede prepararse el reparto de herencia.

Aquí pueden darse situaciones muy distintas.

Imaginemos que una persona fallece en Sevilla dejando dos hijos, una vivienda y 40.000 euros en una cuenta. El testamento puede nombrar herederos a ambos, pero todavía habrá que decidir cómo se adjudican esos bienes.

Pueden compartir la vivienda, adjudicársela uno compensando económicamente al otro o plantear una venta posterior.

La existencia de testamento orienta el reparto, pero no evita necesariamente que haya decisiones que tomar.

5. Aceptar y adjudicar la herencia

Después se formaliza la aceptación y, cuando existen varios herederos, la correspondiente partición y adjudicación de los bienes.

En nuestro servicio de tramitación de herencias acompañamos al cliente durante todo este proceso, coordinando la documentación y los trámites necesarios para que cada paso se realice correctamente.

6. Liquidar impuestos y completar cambios de titularidad

Una vez preparada la herencia habrá que cumplir las obligaciones fiscales correspondientes y actualizar la titularidad de los bienes cuando sea necesario.

Si existen inmuebles, por ejemplo, normalmente habrá que realizar también los trámites ante el Registro de la Propiedad.

¿Cómo se tramita una herencia sin testamento?

La herencia sin testamento requiere un paso previo especialmente importante: determinar quiénes tienen legalmente derecho a heredar.

No significa que los bienes queden sin dueño ni que automáticamente pasen al Estado.

La legislación establece un orden de sucesión que permite identificar a los familiares llamados a heredar.

¿Qué es una declaración de herederos?

La declaración de herederos es el procedimiento mediante el cual se acredita quiénes tienen derecho a heredar cuando una persona ha fallecido sin testamento.

Su función no es repartir los bienes.

Primero determina quiénes son los herederos. Después habrá que continuar con el resto de la tramitación: identificación del patrimonio, aceptación, reparto, impuestos y cambios de titularidad.

Es una diferencia importante porque ambos trámites suelen confundirse.

1. Confirmar que no existe testamento

El primer paso vuelve a ser solicitar el certificado de últimas voluntades.

Si se confirma que la persona fallecida no otorgó testamento, será necesario iniciar el procedimiento correspondiente.

2. Determinar quiénes son los herederos legales

Los herederos legales se establecen conforme al orden sucesorio que resulte aplicable.

No conviene asumir automáticamente que “todo pasa a los hijos” o que “el cónyuge se queda con todo”, porque la respuesta dependerá de la composición familiar y de las circunstancias concretas.

También hay que tener en cuenta que existen territorios españoles con particularidades en materia de Derecho sucesorio.

3. Tramitar la declaración de herederos

Para acreditar formalmente quiénes tienen derecho a heredar será necesario aportar documentación que permita demostrar el parentesco y las circunstancias familiares del fallecido.

Una vez finalizada esta fase, podrá continuarse con el resto del procedimiento.

4. Inventariar bienes y deudas

Igual que ocurre con una herencia con testamento, hay que saber exactamente qué forma parte del patrimonio.

Este paso es especialmente importante cuando la familia desconoce la situación económica completa de la persona fallecida.

5. Aceptar y repartir

Una vez determinados los herederos legales podrá prepararse la aceptación y el reparto conforme a los derechos de cada uno.

6. Liquidar impuestos y finalizar los trámites

El último tramo incluye la fiscalidad, la gestión bancaria y, cuando corresponda, los cambios registrales.

¿Es más complicada una herencia sin testamento?

No tiene por qué convertirse en un procedimiento especialmente conflictivo, pero sí puede requerir más trámites iniciales.

Por ejemplo, si una persona fallece sin testamento dejando a sus hijos como únicos familiares llamados a heredar y todos están de acuerdo, la situación puede resolverse de manera relativamente ordenada.

La dificultad aumenta cuando:

  • Hay varios posibles herederos.
  • La estructura familiar es compleja.
  • Existen familiares residiendo en diferentes lugares.
  • Hay desacuerdos sobre determinados bienes.
  • Aparecen deudas.
  • No se conoce todo el patrimonio.
  • Existen viviendas, empresas u otros activos de valor.
  • Alguno de los herederos quiere renunciar.

Una familia con miembros residentes en Málaga, Madrid y Valencia, por ejemplo, puede necesitar coordinar documentación y decisiones desde distintos puntos de España.

Gracias a la gestión digital, gran parte de estos trámites puede organizarse sin desplazamientos constantes.

¿Cambia el reparto de la herencia si no existe testamento?

Sí puede cambiar.

Cuando existe testamento, el fallecido ha podido organizar el destino de sus bienes dentro de los límites legales.

Cuando no existe, el reparto de herencia se determina siguiendo las reglas de la sucesión intestada.

Por eso hacer testamento puede facilitar mucho las cosas a la familia.

Un testamento bien preparado permite dejar constancia clara de la voluntad de una persona y evitar determinadas incertidumbres cuando llegue el momento de gestionar la sucesión.

Si quieres conocer mejor este trámite, en Soluciones Herencias también ofrecemos asesoramiento específico para hacer testamento de forma sencilla y con acompañamiento profesional.

Herencia con testamento y sin testamento: descubre sus diferencias, quién hereda y qué pasos seguir para tramitar una herencia en España.

¿Se pagan más impuestos por una herencia sin testamento?

No necesariamente.

Que exista o no testamento no es, por sí solo, lo que determina cuánto habrá que pagar por una herencia.

En el Impuesto sobre Sucesiones pueden influir cuestiones como:

  • Valor de los bienes heredados.
  • Parentesco con la persona fallecida.
  • Situación del heredero.
  • Tipo de patrimonio.
  • Comunidad autónoma correspondiente.
  • Reducciones o bonificaciones aplicables.

Esta última cuestión es especialmente importante.

Aunque el procedimiento sucesorio comparte muchas reglas en toda España, la fiscalidad puede variar considerablemente de una comunidad autónoma a otra.

Una herencia en Sevilla o Málaga puede tener un tratamiento fiscal diferente de una gestionada en Madrid o Valencia.

Por eso cada caso debe estudiarse individualmente y no conviene calcular los impuestos únicamente utilizando ejemplos encontrados en Internet.

¿Qué ocurre si los herederos no están de acuerdo?

Los conflictos familiares pueden aparecer exista o no testamento.

Una vivienda familiar suele ser uno de los ejemplos más habituales.

Imaginemos tres hermanos que heredan una casa:

  • Uno quiere venderla.
  • Otro quiere conservarla.
  • El tercero quiere quedarse con ella compensando económicamente a los demás.

Jurídicamente pueden existir diferentes alternativas, pero antes de llegar a un enfrentamiento suele ser recomendable intentar encontrar una solución acordada.

En Soluciones Herencias damos prioridad a esa vía siempre que sea posible.

Sabemos que una herencia no afecta únicamente al patrimonio. También puede afectar profundamente a las relaciones familiares.

Por eso nuestro trabajo no consiste solo en mover papeles, sino en ayudar a ordenar la situación, explicar las opciones y facilitar acuerdos cuando existen posiciones diferentes.

Cómo tramitar una herencia con Soluciones Herencias

Si acabas de perder a un familiar y no sabes cómo tramitar una herencia, el primer paso no tiene que ser aprenderte todos los procedimientos jurídicos de memoria.

Precisamente para eso estamos nosotros.

En Soluciones Herencias analizamos cada situación y acompañamos al cliente durante el proceso:

  • Comprobamos si existe testamento.
  • Indicamos qué documentación hace falta.
  • Ayudamos a determinar los herederos cuando sea necesario.
  • Revisamos bienes, derechos y deudas.
  • Coordinamos la documentación notarial.
  • Gestionamos los trámites fiscales.
  • Ayudamos con bancos y registros.
  • Resolvemos dudas durante todo el procedimiento.
  • Buscamos soluciones ante posibles desacuerdos familiares.

Nuestro servicio es principalmente online, lo que nos permite trabajar con familias de Sevilla, Málaga, Madrid, Valencia y otros puntos de España sin obligarlas a realizar desplazamientos constantes.

La gestión puede ser digital. El acompañamiento, no.

Preguntas frecuentes sobre herencias con testamento y sin testamento

¿Qué ocurre si una persona muere sin testamento?

Será necesario determinar quiénes son sus herederos conforme a la legislación sucesoria aplicable. Para ello puede ser necesario tramitar una declaración de herederos antes de continuar con la aceptación y reparto.

¿Es obligatorio hacer una declaración de herederos si existe testamento?

Generalmente no. Cuando existe un testamento válido que determina la sucesión, ese documento sirve como punto de partida para tramitar la herencia.

¿Quién hereda cuando no hay testamento?

Depende de la situación familiar del fallecido y de la legislación civil aplicable. Los descendientes, ascendientes, cónyuge y otros familiares pueden tener diferentes derechos según cada caso.

¿Una herencia sin testamento tarda más?

Puede requerir algo más de tiempo porque primero debe determinarse formalmente quiénes son los herederos. La duración total dependerá también de los bienes existentes, la documentación disponible y el acuerdo entre los familiares.

¿Puedo tramitar una herencia online?

Sí. Gran parte de la documentación, asesoramiento, coordinación jurídica y trámites pueden gestionarse a distancia. Puede haber determinadas actuaciones concretas que requieran una formalización específica, pero no es necesario acudir continuamente a un despacho.

¿Es mejor hacer testamento?

Hacer testamento suele facilitar la futura gestión de la herencia porque permite dejar expresada la voluntad de la persona y reducir incertidumbres para sus familiares. Siempre debe prepararse teniendo en cuenta la situación familiar y patrimonial concreta.

Herencia con testamento o sin testamento: empezar correctamente marca la diferencia

Una herencia con testamento y sin testamento puede terminar recorriendo pasos muy similares, pero no empieza de la misma manera.

Cuando existe testamento, contamos con una voluntad sucesoria ya expresada. Cuando no existe, primero será necesario determinar quién tiene derecho a heredar.

Después habrá que identificar bienes y deudas, preparar la aceptación, realizar el reparto, cumplir las obligaciones fiscales y completar los trámites correspondientes.

Y todo esto llega, normalmente, en uno de los momentos en los que menos apetece enfrentarse a burocracia.

Por eso, si necesitas ayuda para gestionar una herencia, puedes contar con Soluciones Herencias.

Nos ocupamos de la parte legal, fiscal y documental para que puedas tomar cada decisión con claridad y centrarte en lo realmente importante: tu tranquilidad y la de los tuyos.

Tu herencia, sin complicaciones. Déjala en nuestras manos.

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